escrito por admin | Jue, 04/12/2008 - 11:58
A juicio del diputado Rodrigo González, el proyecto podría aprobarse antes de fin de año.

El proyecto que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño fue aprobado en la Comisión Unida de Pyme y Economía de la Cámara de Diputados.
De esta forma, luego de nueve meses de estudio en esta instancia, el Estatuto Pyme pasará a la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja. Según adelanta el diputado PPD, Rodrigo González la iniciativa podría aprobarse antes que termine este año.
“Confiamos en que los parlamentarios aprueben rápidamente el proyecto”, sostiene González.
Modificaciones
Dentro de las últimas indicaciones aprobadas por la Comisión Unida de Pyme y Economía, se modifica el Código del Trabajo en cinco ámbitos: definición de tamaños de las empresas, en base a número de empleados, modificar el rango superior de las multas para los diferentes tamaños de empresas, facultar al fiscalizador para otorgar un plazo de advertencia, luego de detectarse una infracción laboral, donde no se cursa la multa pertinente.
Además de aumentar el beneficio de la reducción de la multa a las empresas de menor tamaño cuando éstas acreditan la corrección de la respectiva infracción dentro de los 15 días detectada ésta por primera vez.
Uniformar y extender el criterio de aplicación del sistema de sustitución de multa por capacitación (hoy aplicable a empresas con hasta 9 trabajadores) o sustitución por programas de asistencia al cumplimiento en los casos de multas por temas de higiene y seguridad (hoy aplicables a empresas con hasta 25 trabajadores), de manera que sea consistente con las definiciones adoptadas previamente.
Según el ministro de Economía, Hugo Lavados, “una de las modificaciones más importantes tiene que ver con la fiscalización porque damos paso de un sistema punitivo a uno más orientador”.
Respecto a ello, explicó que “actualmente en materia de reconsideración de multas, se establece que frente a la corrección de la infracción dentro de los 15 días de notificada la multa se puede dar lugar a la rebaja de hasta el 50% de ésta, beneficio aplicable independiente del tamaño de la empresa”. En consecuencia, se propone aumentar la reducción de la multa, cuando el empleador corrija la infracción a satisfacción de la Dirección del Trabajo, a al menos un 50% a nivel general y en el caso de las micro y pequeñas empresas (empresas con hasta 49 trabajadores), a al menos un 80%.
“Con esto, lo que antes era un techo en cuanto a reducción de multa, se convierte hoy en un piso y se asegura además una mayor reducción para las micro y pequeñas empresas”, dijo el ministro.
Referente al plazo de advertencia, se establece la facultad para el fiscalizador laboral de conceder un plazo de a lo menos 5 días hábiles, para que, en el caso en que se haya detectado una infracción en una micro o pequeña empresa, ésta corrija la infracción. Durante este período no se le cursa la multa, sino sólo una advertencia.