Instituto de Seguridad Laboral: prevención para todos los chilenos
Este es el nuevo organismo del Estado que estará dedicado en un 100% en ayudar a las empresas a prevenir y a actuar bien, ante enfermedades o accidentes laborales. Surge a raíz de la Reforma de Previsión Social.
Para dar mejor atención en cuanto a previsión social y salud laboral a los chilenos, el trabajo que antes hacía el Instituto Nacional de Previsión, hoy lo hacen dos servicios independientes: el Instituto de Previsión Social (IPS) y el Instituto de Salud Labora (ISL).
Específicamente en este artículo nos dedicaremos a conocer el trabajo del ISL. Según explican desde el organismo, la necesidad de crear un instituto específico para el fomento de salud laboral y la prevención surge a raíz del Sistema de Protección Social impulsado por el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, específicamente en el ámbito de la Reforma Previsional.
Así, el Instituto de Salud Laboral es la entidad pública encargada de administrar el Seguro Social contra Riesgos de Accidente del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a raíz de esto, se prestan servicios médicos en la recuperación de los trabajadores de accidentes o enfermedades laborales, también se entregan subsidios, indemnizaciones y pensiones en caso que corresponda, servicios en el área de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
¿Cómo afiliarse?
Para afiliarse al ISL, si son trabajadores dependientes, son los empleadores quienes se adhieren mediante el acto de cotizar en el ISL.
En el caso de los independientes, deben encontrarse previamente cotizando para salud (Fonasa o Isapre) y para previsión (AFP o IPS). Si cumple con estos requisitos, puede acercarse a las oficinas del ISL y completar la ficha de incorporación, posteriormente se efectúa el primer paso y la cobertura comienza automáticamente.
En el caso de los trabajadores dependientes, explica Héctor Jaramillo, director nacional del Instituto de Seguridad Laboral, es obligación de la empresa cotizar para este seguro y será inicialmente por una tasa básica del 0,95% más el adicional presunto por la actividad económica que realice.
Después, cada dos años, y cuando la empresa tenga 24 o más meses de cotizaciones, será evaluada de acuerdo a su siniestralidad efectiva (días perdidos, invalidases y muertes por accidentes o enfermedades laborales) y deberá pagar la tasa básica más el adicional por siniestralidad efectiva.
En el caso de los trabajadores independientes deberán pagar por la tasa básica de 0,95% más el adicional por el riesgo presunto de la actividad económica que ejercen. Los independientes que sean socios o dueños de empresas pagan el 0,95% más el adicional al que se reencuentre afecto su empresa.
Beneficios
Entre los servicios y beneficios que entrega el ISL están los médicos, enfocados a la recuperación del trabajador. Todo en forma gratuita, mediante la debida certificación del médico tratante y duran hasta que el paciente se recupere totalmente o mientras existan síntomas de secuela del accidente de trabajo o enfermedad laboral.
Las prestaciones económicas que entrega este organismo se refieren al reemplazo de la remuneración por el pago de un subsidio, que corresponde a una cantidad equivalente al promedio del sueldo mensual neto, que se haya devengado en los tres meses más próximos al mes en que se inicia el reposo. Se incluyen también en este subsidio las cotizaciones previsionales. Vea más detalles
Cómo se trata del Instituto de Salud Laboral, la preocupación máxima es prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, para eso, entrega asesorías técnicas y específicas en estos temas, hay programas de gestión, capacitaciones en prevención de riesgos y enfermedades laborales, evaluaciones de riesgos en los lugares de trabajo, entre otras.
¿ISL o mutualidad?
En otras palabras, el Instituto de Seguridad Laboral, es la versión pública de las mutualidades, creado a raíz de los cambios generados en la Reforma Previsional Social.
Ambas entidades son organismos administradores de la Ley 16.744 y por tanto, entregan las prestaciones establecidas en dicha legislación.
En el ISL se adhiere mediante el acto de la primera cotización y en las mutualidades debe presentar una solicitud que puede ser aceptada o rechaza por éstas.






